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Ayudas y Subvenciones
AYUDAS DIRIGIDAS A MEJORAR LOS NIVELES DE CIBERSEGURIDAD DE LAS PYMES A TRAVÉS DE LA INICIATIVA «ACTIVA CIBERSEGURIDAD»
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO - Fundación EOI, F.S.P.
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OBJETO
tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia no competitiva, la concesión de ayudas en especie, dirigidas a la mejorar el nivel de ciberseguridad de las pymes, a través del «Programa Activa Ciberseguridad» de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras de la concesión de ayudas
publicadas mediante la Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto.

ÁMBITO GEOGRÁFICO
El ámbito geográfico de aplicación concreto de estas ayudas es todo el territorio nacional.

ÁMBITO MATERIAL
El ámbito material comprende la recepción de servicios de asesoramiento especializado en ciberseguridad, que sirvan a las empresas beneficiarias para mejorar su nivel de ciberseguridad.

**Cada pyme solicitante podrá ser beneficiaria de una única ayuda en esta convocatoria.**

OBJETO, MODALIDAD Y CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LAS AYUDAS
1. El objeto es un programa de asesoramiento especializado y personalizado cuyo objetivo es ofrecer un análisis de la situación actual de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma con un diseño personalizado de acciones de mejora de ciberseguridad. Es un programa orientado a todo tipo de pymes, en especial aquellas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.
2. La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrá la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permite la mejora de los niveles de ciberseguridad de las pymes.
3. La prestación del servicio objeto de las ayudas se realizará por parte de entidades colaboradoras especializadas en asesoramiento en ciberseguridad que han sido seleccionadas por EOI a través de un procedimiento de licitación, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la orden de bases. La pyme beneficiaria seleccionará, a través de su formulario de solicitud, a la entidad colaboradora que le prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en el procedimiento de licitación.
4. La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa de la Fundación EOI, por la cuantía que se recoge en el apartado 6 de este artículo.
5. Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las
ayudas de minimis.
6. La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 2.140 euros.


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en
la convocatoria.

 
 
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