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Ayudas y Subvenciones
SUBVENCIONES PÚBLICAS DIRIGIDAS A LA RETIRADA SEGURA Y LA SUSTITUCIÓN DE CUBIERTAS LIGERAS QUE CONTENGAN MATERIALES CON AMIANTO EN LOS CENTROS DE TRABAJO DE CASTILLA Y LEÓN (2026)
ENTIDAD:

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

BENEFICIARIOS:


OBJETO:

PLAZO DE SOLICITUD: 14 de enero de 2026 hasta el 13 de febrero de 2026 RÉGIMEN CONCESIÓN: DIRECTA (Se conceden en orden de solicitud, con el expediente completo) Se podrán solicitar desde las 00:01h del 14 de enero PARA QUÉ ES LA AYUDA Será subvencionable la retirada segura de las cubiertas que contengan amianto en centros de trabajo de Castilla y León, realizada por empresa especializada inscrita en el Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA). Podéis consultar la lista de empresas acreditadas pinchando en el siguiente enlace [ https://trabajoyprevencion.jcyl.es/web/es/registros/registro-empresas-riesgo-amianto.html ] Igualmente será subvencionable la sustitución de las cubiertas retiradas en los términos del apartado anterior por una nueva cubierta resistente y transitable libre de amianto. Los gastos subvencionables y la totalidad del pago de estos, deberán ser efectuados entre 19 de agosto del 2025 y el día 30 de junio de 2026, ambos inclusive. (El plazo de resolución es de 4 meses) CUANTÍA La cuantía de la subvención para la retirada será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo superar el importe subvencionado los 10 euros por metro cuadrado ni los 30.000 euros por centro de trabajo. La cuantía de la subvención para nueva instalación será el 50% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo superar el importe subvencionado los 40 euros por metro cuadrado ni los 20.000 euros por centro de trabajo.

CUANTIA:

CUANTÍA La cuantía de la subvención para la retirada será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo superar el importe subvencionado los 10 euros por metro cuadrado ni los 30.000 euros por centro de trabajo. La cuantía de la subvención para nueva instalación será el 50% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo superar el importe subvencionado los 40 euros por metro cuadrado ni los 20.000 euros por centro de trabajo.

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