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Ayudas y Subvenciones
SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DEL RELEVO EN ACTIVIDAD POR CUENTA PROPIA, CON ESPECIAL ATENCIÓN AL IMPULSADO POR MUJERES AUTÓNOMAS (RELEVACYL AUTOEMPLEO 2025)
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN - CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO Y ECYL

OBJETO
Facilitar la continuidad de aquellos negocios que pueden verse abocados al cierre ante las dificultades para encontrar un relevo, incentivando y facilitando dicho relevo por trabajadores por cuenta propia o autónomos.


QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR
Las personas trabajadoras autónomas que sucedan al titular de una actividad empresarial o profesional y cumplan con los criterios establecidos en la convocatoria.
Solo se podrá obtener la condición de beneficiario en una convocatoria.


REQUISITOS
a) Cotizar como persona física en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA) dentro del sistema de la Seguridad Social.
b) Hallarse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
c) Tener domicilio fiscal en Castilla y León.
d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
e) Cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma o, en su caso, la exención de dicha obligación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
f) Estar empadronado en un municipio de Castilla y León.


CUANTÍA
La cuantía de la subvención a percibir por persona beneficiaria será de 10.000 euros.

Dicha cuantía se podrá incrementar cuando se den las siguientes circunstancias.
En 4.000 euros si el negocio está ubicado en un municipio de hasta 1.000 habitantes, o bien en 2.000 euros si el negocio está ubicado en un municipio de 1.001 hasta 5.000 habitantes.
En 4.000 euros si la persona beneficiaria es mujer.
En 2.000 euros si la persona beneficiaria es menor de 35 años.

En todo caso, la cuantía máxima a conceder será de 20.000 euros.

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