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Ayudas y Subvenciones
SUBVENCIONES DESTINADAS A IMPLANTAR LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL EN LAS PYMES DE CASTILLA Y LEÓN (2024)
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN - CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO

OBJETO
Convocar y regular, para 2024 en régimen de concurrencia no competitiva, el procedimiento de concesión de subvenciones para facilitar la financiación de los proyectos destinados a implantar la Responsabilidad Social Empresarial en las pymes de Castilla y León.



PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 7 de septiembre de 2024 hasta el 28 de febrero de 2025



QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR
Pequeñas y medianas empresas que cumplan los requisitos.
No podrán beneficiarse de estas subvenciones las empresas o entidades pertenecientes al sector público.



REQUISITOS QUE SE DEBEN CUMPLIR
Las pequeñas y medianas empresas (que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no supera 50 millones de € o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de €, todo ello según las especificaciones incluidas en el Anexo al Reglamento 651/2014 de la Comisión Europea de 17 de junio), que tengan su sede social, o al menos un centro de trabajo en Castilla y León, y que realicen proyectos empresariales que consistan en la obtención de una certificación o un informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial.

Además deberán cumplir y acreditar, mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los requisitos siguientes:
*No estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2, y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. La justificación por parte de los beneficiarios de no estar incursos en las prohibiciones señaladas en esos apartados podrá realizarse mediante declaración responsable del mismo.
*Cumplir con lo dispuesto en el Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencias en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
*No tener la consideración de empresa en crisis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión.
*No encontrarse sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
*Cumplir con la cuota reservada de puestos de trabajo para personas con discapacidad, según lo dispuesto en el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
*Cumplir con la obligación de contar con un plan de igualdad, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
*La justificación por parte de los beneficiarios de no estar incursos en estas prohibiciones podrá realizarse mediante declaración responsable del mismo.

Las condiciones para ser beneficiarios deberán mantenerse desde el momento de la presentación de la solicitud y hasta su liquidación.

PARA QUÉ ES LA AYUDA
Se considera proyecto subvencionable la prestación de los servicios técnicos que hayan sido necesarios para la obtención de una certificación o un informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social o sostenibilidad, que proporcionen a las organizaciones directrices y orientaciones para la definición de sus políticas y estrategias y para la mejora en su desempeño en los ámbitos medioambiental, social y de gobernanza.

Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2023.



CUANTÍA
Consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo del 65% a aplicar sobre el coste subvencionable.

Este porcentaje será incrementado en un 5%, si el centro de trabajo está situado en un municipio de menos de 10.000 habitantes, o de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia, siendo el porcentaje de ayuda del 70%.

El porcentaje será incrementado un 10% si el centro de trabajo está situado en municipios mineros incluidos en el Anexo, o en zonas de intervención de los Programas Territoriales de Fomento, o en la provincia de Soria siendo el porcentaje de ayuda del 75%

La cuantía de la subvención en ningún caso podrá superar los 3.000 € por empresa para los gastos derivados de la contratación de servicios de consultoría y asistencia técnica para los proyectos de implantación de la Responsabilidad Social Empresarial.

Esa cuantía se podrá ampliar hasta los 4.000 € por empresa cuando se justifiquen gastos derivados de la contratación y consecución de una certificación llevada a cabo por entidad reconocida o acreditada.

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