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Ayudas y Subvenciones
SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y PERSONAS BENEFICIARIAS DE RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA, POR ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO - ECYL

OBJETO:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la contratación temporal de personas desempleadas y de beneficiarios de Renta Garantizada de Ciudadanía, por entidades sin ánimo de lucro, empresas de inserción y participadas, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en la Comunidad de Castilla y León, para el ejercicio 2023. Se considerarán de interés general y social aquellas obras y servicios que redunden en la satisfacción de las necesidades básicas de los ciudadanos en situación de dependencia, marginación o exclusión social, promuevan el mantenimiento o desarrollo del acervo cultural, se dirijan a la intervención en defensa de la naturaleza y medio ambiente u otras con fines análogos.


¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Desde el 11 de noviembre de 2023 hasta el 24 de noviembre de 2023


¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
* Las entidades beneficiarias deberán contratar a las personas que pertenezcan a alguno de los colectivos destinatarios, directamente o mediante la presentación de oferta de empleo. En caso de presentación de oferta, las Oficinas de Empleo realizarán la preselección de entre las personas que reúnan los requisitos exigidos, y comunicarán a la entidad el resultado de la misma, a fin de que éstas procedan a la contratación.
* En la selección de los trabajadores por las entidades beneficiarias podrá participar personal experto en materia de inclusión social que realizará funciones de asesoramiento y colaboración.
* Las contrataciones deberán formalizarse en el plazo que se establezca en la convocatoria.
* Los contratos se formalizarán por escrito, en la modalidad de contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de los programas de activación para el empleo, previstos en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, y deberán concertarse a jornada completa.
* Cuando se produzca la suspensión del contrato de trabajo subvencionado, podrá formalizarse el contrato de duración determinada para la sustitución de persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo, siempre que el trabajador sustituto se encuentre en alguna de las situaciones previstas.
* Los contratos se formalizarán por un período inicial de, al menos, 6 meses. Si antes de finalizar dicho período se extinguiera el contrato, la entidad beneficiaria podrá contratar otra persona que se encuentre en alguna de las situaciones citadas en sustitución de aquella que causó baja. La sustitución debe producirse en el plazo de un mes desde la fecha de extinción del contrato.
* No serán subvencionables las contrataciones formalizadas con trabajadores que, en los doce meses anteriores a la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención, hubieran sido ya destinatarios bien de estas subvenciones o bien de las concedidas en el ámbito de colaboración con instituciones sin ánimo de lucro, que contraten personas desempleadas para la prestación de servicios de interés general y social, en la Comunidad de Castilla y León. Tampoco serán subvencionables las contrataciones formalizadas con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación en las entidades solicitantes.
* En la convocatoria de cada ejercicio se podrá limitar el número de proyectos, solicitudes o contrataciones a admitir por cada entidad.


¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Las subvenciones se destinarán a la contratación en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2023 y el 30 de junio de 2024, por parte de la entidad beneficiaria, de personas que, en la fecha de inicio del contrato, se hallen desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, y pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
a) Personas desempleadas de larga duración, entendiendo por tales aquéllas que lleven inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en el Servicio Público de Empleo, al menos 360 días en el periodo de los 18 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación; o que lleven inscritas, al menos, 180 días en el periodo de los 9 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación, si se trata de personas que estén inscritas como trabajadoras agrarias en el Servicio Público de Empleo durante esos 180 días.
b) Personas de 45 o más años de edad.
c) Víctimas de violencia en el ámbito familiar.
d) Participantes en el Programa Personal de Integración y Empleo del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
e) Personas solicitantes y beneficiarios de protección internacional.
f) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
g) Jóvenes menores de 30 años con expediente de protección acreditado por el órgano competente de la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León.

Además también podrán ser destinatarias de las contrataciones, las personas que en la fecha de inicio del contrato, sean beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía.


CUANTÍA:
Por cada contrato a jornada completa, de duración igual o superior a 6 meses, 9.000 €, con independencia del salario que legal o convencionalmente le corresponda percibir al trabajador
No obstante, dicho importe se reducirá cuando la contratación no se mantenga durante el período de 6 meses y durante el tiempo en el que el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal.

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