SUBVENCIÓN PARA LA ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA INDUSTRIAL NUEVA EN EMPRESAS INDUSTRIALES DE CASTILLA Y LEÓN (2026)
ENTIDAD:
JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
BENEFICIARIOS:
OBJETO:
CONCESIÓN: CONCURRENCIA COMPETITIVA
PLAZO DE SOLICITUD: 12 DE ENERO DE 2026 AL 12 DE FEBRERO DE 2026
PLAZO DE RESOLUCIÓN: 6 MESES
PERIODO GASTOS SUBVENCIONABLES: 12 de enero de 2026 y el 12 de septiembre de 2026 inclusive
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REQUISITOS (Ver todos en la convocatoria - ACCEDE AL TRAMITE)
•Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y cumplir los requisitos necesarios para su inclusión en la división A -división de establecimientos industriales- del Registro Industrial de Castilla y León. Tanto la comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o la declaración responsable, o la solicitud de autorización de actividad deberá haber sido presentada con anterioridad a la presentación de la solicitud.
•La industria para la cual se solicite la subvención deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la convocatoria.
PARA QUÉ ES LA AYUDA
•Será subvencionable la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo de la industria, siempre que dicha maquinaria esté destinada a un centro de trabajo situado en Castilla y León, y cumpla alguna de las siguientes condiciones:
–Suponga la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.
–Suponga la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales.
–Implique un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
•Para que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:
–Que sean técnicamente viables: Se considerará que cumple este requisito cuando supere los 10 puntos en base a los criterios de valoración.
–Que sean económica y financieramente viables.
–Que las fechas de las facturas y de los justificantes de pago se encuentren comprendidos en el periodo subvencionable.
–Que las actuaciones sean ejecutadas en centros de trabajo de la industria beneficiaria situados en Castilla y León, y los resultados permanezcan o tengan impacto tangible en Castilla y León.
–Que la actuación sea completa, es decir, que, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
–Que alcance la valoración mínima de 35 puntos en función de los criterios de valoración.
El periodo subvencionable será el comprendido entre el 12 de enero de 2026 y el 12 de septiembre de 2026 inclusive.
CUANTÍA
•La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será del 65% de los gastos considerados subvencionables.
•En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por solicitud de 100.000 €.
•Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 15.000 €, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.
•Se incrementará en un 10% adicional para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación, o no estén ubicados en el ámbito de un área funcional estable. (En Salamanca sólo Béjar)
CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para que podáis valorar la puntuación esperada, al final de la pagina del trámite encontrareis la convocatoria.
En el punto Décimo – Criterios de valoración podéis consultar el detalle (Página 12)
CUANTIA:
CUANTÍA
• La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será del 65% de los gastos considerados subvencionables.
• En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por solicitud de 100.000 €.
• Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 15.000 €, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.
• Se incrementará en un 10% adicional para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación, o no estén ubicados en el ámbito de un área funcional estable. (En Salamanca sólo Béjar)
ACCESO AL TRAMITE: Ir a la Web
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